Real Decreto 583/2017, de 12 de junio, por el que se modifica el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras

Publicado: 23 junio, 2017

Este real decreto contiene dos artículos.
El primero modifica el Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio, en el sentido de suprimir su artículo 3 Memoria Abreviada.
El segundo es el que modifica el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y normas sobre la formulación de las cuentas anuales consolidadas de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras y consta de doce apartados.
Se cierra el texto con una disposición adicional, una disposición transitoria y dos disposiciones finales.

por el que se modifica el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y normas sobre la formulación de las cuentas anuales consolidadas de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras, aprobado por el Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio.

Disposición adicional única. Aplicación a los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016.

  1. Este real decreto será de aplicación para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016.
  2. Las cuentas anuales individuales y consolidadas correspondientes al primer ejercicio que se inicie a partir del 1 de enero de 2016 se presentarán incluyendo información comparativa ajustada a los siguientes criterios:
  3. a) La amortización del fondo de comercio y de los elementos del inmovilizado que se hubieran calificado como intangibles de vida útil indefinida solo surtirá efectos en la información comparativa si la entidad opta por seguir el criterio recogido en la disposición transitoria única, apartado 2. Sin perjuicio de lo anterior, la estimación de la vida útil de estos activos para aplicar el tratamiento prospectivo al valor en libros que subsista deberá realizarse en la fecha de inicio del primer ejercicio en que resulte de aplicación este real decreto y que, con carácter general, será el 1 de enero de 2016.
  4. b) La nueva información que se introduce en el modelo de memoria no será obligatoria para la información comparativa.
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