Cálculo de la prorrata. Auto del TS

Publicado: 29 mayo, 2018

Consideración como «operaciones accesorias» o «actividades no habituales», o como «operaciones principales» o «actividades habituales», a efectos de la prorrata en el IVA, de los ingresos producidos por transmisiones de participaciones sociales realizadas por una sociedad holding y por la suscripción de derivados financieros a fin de cubrir riesgos de tipo de cambio o de tipo de interés, cuando dicha sociedad holding también presta a las entidades participadas servicios de apoyo financiero, contable, legal, técnico y comercial, por medio de labores permanentes de asesoramiento, consultoría e intermediación y de la concesión de préstamos.

Auto del TS de 10/05/2018

La Sección de Admisión acuerda:

1º) Admitir el recurso de casación 34/2018, preparado por Telefónica Latinoamérica Holding, S.L.U., contra la sentencia dictada el 27 de septiembre de 2017 por la Sección sexta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso 351/2017.

2º) Precisar la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, que consiste en:

Determinar, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, si se deben considerar como «operación principal» o «actividad habitual», o, por el contrario, como «operación accesoria» o «actividad no habitual» (en terminología de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y en terminología de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, respectivamente), a efectos del cálculo de la prorrata en el IVA, los ingresos procedentes de la transmisión que realiza una holding de participaciones de sus filiales y de la suscripción por una holding de derivados financieros a fin de cubrir riesgos de tipo de cambio o de tipo de interés, cuando también realiza para las participadas servicios de apoyo financiero, contable, legal, técnico y comercial, por medio de labores permanentes de asesoramiento, consultoría e intermediación y de concesión de préstamos.

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