El Consejo acuerda correcciones a corto plazo, pendiente de revisión
El 2 de octubre de 2018, el Consejo acordó cuatro ajustes a las actuales normas del IVA de la UE para solucionar problemas específicos .
A la espera de la introducción del nuevo sistema de IVA, se harán cuatro «soluciones rápidas» a corto plazo con respecto a los aspectos del comercio relacionados con el IVA entre los estados miembros. Se están celebrando deliberaciones sobre un sistema definitivo de IVA para reemplazar el actual régimen de IVA «transitorio», que se aplica desde 1993.
«Este paquete de propuestas tiene como objetivo corregir algunos de los problemas prácticos que estamos experimentando con las normas actuales del IVA», dijo Hartwig Löger, ministro de Finanzas de Austria, que actualmente ocupa la presidencia del Consejo. «Al mismo tiempo, es de alta relevancia práctica para nuestras empresas que se beneficiarán de las reglas armonizadas «.
El Consejo acordó las cuatro «soluciones rápidas» presentadas inicialmente por la Comisión:
- call-off stock . Las propuestas prevén un tratamiento simplificado y uniforme para los acuerdos de reserva de derechos de emisión, en los que un vendedor transfiere existencias a un depósito a disposición de un adquirente conocido en otro estado miembro;
- el número de identificación del IVA . Para beneficiarse de una exención del IVA para el suministro de bienes dentro de la UE, el número de identificación del cliente se convertirá en una condición adicional;
- transacciones de cadena . Para mejorar la seguridad jurídica al determinar el tratamiento del IVA de las transacciones en cadena, las propuestas establecen criterios uniformes;
- prueba de suministro dentro de la UE . Se propone un marco común para las pruebas documentales requeridas para solicitar una exención del IVA para los suministros intracomunitarios.
Estos ajustes se aplicarán a partir del 1 de enero de 2020.
Próximos pasos
Se llegó a un acuerdo en una reunión del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros. Se espera que el Consejo adopte la Directiva una vez que el Parlamento Europeo haya emitido su dictamen.
El Consejo necesita la unanimidad para adoptar las propuestas, previa consulta al Parlamento Europeo. (Base jurídica: artículo 113 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y artículo 397 del Reglamento 282/2011).