Régimen Fiscal de las Illes Balears
Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de las Illes Balears.
ENTRADA EN VIGOR: (DF 3ª del RD 710/2024)
Este real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «BOE».
Sin perjuicio de lo anterior, las normas contenidas en el Reglamento que se aprueba por el artículo único producirán efectos para los períodos impositivos del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2028.
Aplicación y Efectos:
El reglamento se aprueba para despejar dudas interpretativas, proporcionar seguridad jurídica y garantizar una aplicación eficaz de los incentivos fiscales.
Las normas tendrán efectos desde el inicio de los períodos impositivos de 2023.
Antecedentes:
- La Ley Orgánica 1/2007 estableció que una ley regularía el régimen especial para las Illes Balears, reconociendo su insularidad.
- La Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para 2023 introdujo el Régimen fiscal especial para las Illes Balears. Este régimen incluye la reserva para inversiones (reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o deducción en el IRPF) y bonificaciones para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras.
Desarrollo reglamentario que ahora se aprueba:
- Se requiere un desarrollo reglamentario para aplicar plenamente estos incentivos fiscales, coordinado con el Gobierno de las Illes Balears.
- El nuevo reglamento se centra en clarificar aspectos específicos, asegurar la seguridad jurídica y facilitar la aplicación efectiva de los incentivos fiscales.
- El reglamento se aprueba para despejar dudas interpretativas, proporcionar seguridad jurídica y garantizar una aplicación eficaz de los incentivos fiscales.
Estructura del Reglamento:
- Título Preliminar: Define el régimen fiscal especial de las Illes Balears.
- Título I: Detalla la reserva para inversiones, incluyendo los contribuyentes elegibles, requisitos de establecimientos e inversiones específicas.
- Título II: Desarrolla el régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras.
- Título III: Aborda los límites de acumulación de ayudas según el Derecho de la Unión Europea y las facultades de seguimiento y control de la Administración tributaria.
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