FISCALIDAD CONTRIBUYENTES NO RESIDENTES
ESPAÑA. DICTAMEN MOTIVADO. La Comisión pide a ESPAÑA que permita una deducción de los gastos directamente relacionados a la hora de calcular la retención en origen sobre los pagos transfronterizos de cánones
Fecha: 12/03/2025
Fuente: web de la CE
Enlace: Nota
La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España (INFR(2021)4042) por no armonizar sus normas sobre las retenciones en origen aplicadas a los pagos de cánones percibidos por contribuyentes no residentes con la libre prestación de servicios (artículo 56 del TFUE).
La legislación fiscal española establece que, para los contribuyentes no residentes, la retención en origen sobre los pagos de cánones grava el importe bruto de las rentas sin posibilidad de deducir los gastos directamente relacionados. Si bien la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-290/04) permite a un Estado miembro cobrar una retención en origen sobre los pagos transfronterizos de cánones, incluso si no aplica retenciones en origen sobre los pagos puramente domésticos, debe permitir la deducción de los gastos directamente relacionados al determinar el impuesto adeudado.
Por lo tanto, la Comisión ha decidido emitir un dictamen motivado a España, que ahora tiene dos meses para responder y tomar las medidas necesarias. De lo contrario, la Comisión puede decidir llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.