11IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.
Orden Foral 330/2025, de la Segunda teniente de Diputado General y Diputada Foral del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 4 de junio. Aprobar los modelos 200 y 220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Álava, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, y las condiciones generales para su presentación telemática.
La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOTHA y surtirá efectos desde el 1 de julio de 2025.
Artículo 5. Plazo de presentación
Uno. La autoliquidación se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.
Dos. Los contribuyentes sujetos a normativa del Territorio Histórico de Álava cuyo plazo se hubiera iniciado con anterioridad al inicio del señalado en el apartado anterior, podrán presentar la autoliquidación dentro de los 25 días naturales siguientes a la fecha de efectos de esta orden foral.
Tres. Los contribuyentes sujetos a una normativa diferente de la alavesa presentarán sus autoliquidaciones en esta Hacienda Foral conforme a los plazos establecidos en su respectiva normativa.
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