DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2025, de 10 de junio del PAÍS VASCO de Impuestos especiales

Publicado: 8 julio, 2025

DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Decreto Foral Normativo 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales.

 

RESUMEN:

Este Decreto modifica el Decreto Foral Normativo 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales, para incorporar:

    • La creación de un nuevo Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina y otros productos de nicotina.
    • La adaptación normativa foral a las modificaciones introducidas por la Ley 7/2024, de 20 de diciembre (estatal), que afecta a los impuestos especiales.

El decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, es decir, el 8 de julio de 2025.

 

Modifica el Decreto Foral Normativo 4/2023, incluyendo:

    1. Un nuevo capítulo (Capítulo IX) con el desarrollo completo del nuevo impuesto.
    2. Definiciones específicas de productos sujetos: líquidos para vapeo, bolsas de nicotina y otros productos de nicotina sin tabaco.
    3. Nuevos artículos relacionados con:
      • Hecho imponible, devengo, base imponible, contribuyentes y exenciones.
      • Tarifas específicas:
        • Líquidos sin o con ≤15 mg/ml de nicotina: 0,15 €/ml
        • Líquidos con >15 mg/ml de nicotina: 0,20 €/ml
        • Bolsas de nicotina: 0,10 €/g
        • Otros productos de nicotina: 0,10 €/g

4. Regulación del régimen suspensivo, devolución de cuotas, declaración informativa inicial, e infracciones.

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