Resolución de 17 de diciembre de 2025 de competencias del Departamento de Gestión Tributaria

Publicado: 29 diciembre, 2025

COMPETENCIAS DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA

Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 13 de enero de 2021, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria.

 Síntesis: La Resolución de 17 de diciembre de 2025 reorganiza el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para adaptarlo al aumento de cargas y a nuevas obligaciones fiscales.
Se crean nuevas áreas especializadas (devoluciones, gestión censal, asistencia jurídico-técnica y fiscalidad internacional) y se refuerza la planificación y el control.

Se desdobla el área de Declaraciones Informativas y Retenciones y se impulsa una gestión específica del IRPF.

La Oficina Nacional de Gestión Tributaria ve sistematizadas y ampliadas sus competencias, incluyendo tasas y cánones.
La norma entra en vigor con carácter general tras su publicación, con efectos diferidos al 1-1-2027 para dicha última competencia.                                                                                                                

 

RESUMEN:

    1. Objeto de la norma

(artículo único; apartado segundo, en su nueva redacción)

La Resolución tiene por objeto modificar la organización y la atribución de funciones del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la creación de nuevas áreas funcionales, el desdoblamiento de otras existentes y la redistribución competencial, con el fin de adaptar la estructura administrativa a los cambios normativos, al aumento de la carga de trabajo y a los retos tecnológicos actuales.

    1. Contenido y principales modificaciones introducidas

2.1. Reordenación general del Departamento de Gestión Tributaria

(apartado segundo.1 a 4)

Se mantiene la configuración del Departamento como centro directivo de la gestión tributaria, pero se actualizan y sistematizan sus competencias, reforzando la planificación, coordinación, información, asistencia y control en vía de gestión.

2.2. Subdirección General de Planificación y Coordinación

(apartado segundo.5)

    • Creación del Área de Objetivos y Ejecución de Devoluciones

(apartado segundo.5, párrafos tercero a sexto)

Se atribuyen a esta nueva área funciones específicas de:

    • planificación y control del programa de devoluciones,
    • seguimiento de fondos disponibles,
    • elaboración de indicadores del Plan de Objetivos y del Sistema de Información para la Dirección.

2.3. Subdirección General de Técnica Tributaria

(apartado segundo.6)

    • Desdoblamiento del Área de Declaraciones Informativas y Retenciones

(apartado segundo.6, párrafo tercero)

Se crean dos áreas diferenciadas:

    • Área de Declaraciones Informativas (apartado segundo.6.1), encargada de los modelos, obligaciones de información y prestaciones patrimoniales públicas.
    • Área de Retenciones (apartado segundo.6.2), responsable del diseño y mantenimiento de los sistemas de cálculo de retenciones y de la mejora del sistema informativo correspondiente.

2.4. Subdirección General de Información y Asistencia Tributaria

(apartado segundo.7)

    • Creación del Área de Imposición Directa a las Personas Físicas

(apartado segundo.7, párrafo tercero)

Se le atribuyen funciones relacionadas con:

    • programas de ayuda a la presentación de declaraciones (Renta Web y otros),
    • contenidos de la Sede electrónica,
    • análisis de proyectos normativos autonómicos en IRPF y Patrimonio.

2.5. Subdirección General de Verificación y Control Tributario

(apartado segundo.8)

    • Creación del Área de Gestión Censal

(apartado segundo.8, párrafo tercero y apartado segundo.8.4)

Se centralizan en esta área las funciones relativas a:

    • creación y mantenimiento del censo y registros,
    • migración a nuevos entornos tecnológicos,
    • reingeniería del modelo censal y campañas de depuración.

2.6. Subdirección General de Asistencia Jurídica y Coordinación Normativa

(apartado segundo.9)

    • Creación del Área Técnico-Jurídica

(apartado segundo.9, párrafo tercero y apartado segundo.9.1)

Se le atribuyen, entre otras, las funciones de:

    • valoración de recursos de alzada y de casación,
    • análisis de allanamientos,
    • coordinación de criterios en procedimientos especiales de revisión,
    • elaboración de estudios e informes normativos e interpretativos.

2.7. Área de Fiscalidad de No Residentes y Proyectos Internacionales

(apartado segundo.4)

Se crea un área transversal, dependiente directamente de la Dirección del Departamento, con competencias en:

    • normativa y modelos relativos a no residentes,
    • coordinación de proyectos internacionales,
    • relaciones con foros y organismos internacionales.

2.8. Oficina Nacional de Gestión Tributaria

(apartado tercero)

    • Se mantiene su estructura en Área Ejecutiva General y Área de No Residentes (apartado tercero.1).
    • Se sistematizan sus competencias materiales (apartado tercero.1.1 y 1.2).
    • Nueva competencia en materia de tasas y cánones

(apartado tercero.1.1.j).

2.9. Funciones del personal en órganos y sedes de Gestión Tributaria

(apartado octavo)

Se introducen ajustes relevantes en:

    • órganos competentes para iniciar y resolver procedimientos de gestión (apartado octavo.2.1),
    • reglas de tramitación de procedimientos de revisión (apartado octavo.2.2),
    • separación funcional en procedimientos sancionadores (apartado octavo.2.3).
    1. Entrada en vigor

(disposición final única)

    • Entrada en vigor general: día siguiente al de su publicación en el BOE, esto es el 27 de diciembre de 2025.
    • Entrada en vigor diferida: el 1 de enero de 2027 para la competencia relativa a tasas y cánones del apartado tercero.1.1.j).

 

 

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