MEDIDAS TRIBUTARIAS. Ley 1/2026, de 26 de marzo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha.
Resumen: (Art. 18)
A) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Se aplicarán a hechos imponibles producidos a partir del periodo impositivo iniciado el 1 de enero de 2025
- Incremento de deducciones por arrendamiento de vivienda habitual:
- Se eleva el límite máximo de deducción de 450 € a 500 € para:
- Menores de 36 años (art. 18 uno)
- Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago (art. 18 dos)
- Familias numerosas (art. 18 tres)
- Familias monoparentales (art. 18 cuatro)
- Personas con discapacidad (art. 18 cinco)
- Se eleva el límite máximo de deducción de 450 € a 500 € para:
- Nuevas deducciones autonómicas:
- Incremento de deducciones por arrendamiento de vivienda habitual:
- Deducción por ahorro para adquisición de vivienda habitual: (art. 18 seis)
- 15% de las cantidades depositadas en cuentas destinadas a la compra de vivienda.
- Límite máximo: 3.000 €.
- Condicionada a la adquisición en un plazo de 6 años.
- Deducción por gastos de perros de asistencia: (art. 18 siete)
- 30% de los gastos en controles veterinarios y vacunación.
- Límite: 100 € por contribuyente.
B) Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) (art. 18 nueve y diez)
Se aplicarán a hechos imponibles producidos a partir del 31 de marzo de 2026 en la transmisión de inmuebles:
- Ampliación del valor máximo de vivienda para aplicar tipos reducidos:
- De 180.000 € a 240.000 €.
- Reducción de tipos impositivos para menores de 36 años:
- TPO: del 5% al 3%
- AJD: del 0,50% al 0,25%
- Flexibilización de requisitos:
- Se eliminan determinadas exigencias vinculadas al valor de tasación hipotecaria, facilitando el acceso a los beneficios fiscales.
- Ampliación del valor máximo de vivienda para aplicar tipos reducidos:

