Recargos por presentación extemporánea de una declaracion: no deben imponerse de forma automática.
Sentencia de la AN de 11/04/2019
El presente recurso tiene como objeto la declaración de improcedencia de la aplicación automática del Recargo recogido en el artículo 27 de la Ley General Tributaria, ya que su pago en el presente caso es contrario a los principios que predica el artículo 31 de la Constitución del sistema tributario y que repite el artículo 3 de la Ley General Tributaria.
Hechos:
La contribuyente presenta una declaración del ISD en plazo pero posteriormente presenta una declaración complementaria para incluir unos bienes situados en el extranjero sobre cuya existencia desconocía la contribuyente hasta después de presentar la declaración de ISD. La AEAT le impone recargos.
La AN:
Entiende que no es razonable imponer recargo alguno en un caso como el presente ya que el respeto a los principios de buena fe, confianza legítima e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos obliga a contemplar el caso concreto.
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