Proyecto de Orden HAC/…/2019, de. de , por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, sobre marcas fiscales previstas para bebidas derivadas.
- Texto del Proyecto
- Órgano proponente: AEAT.
- Fecha de inicio:4 de julio de 2019.
- Fecha límite para la presentación de aportaciones: 15/07/2019
- Remisión de aportaciones a: iiee@correo.aeat.es
La entrada en vigor el próximo día 1 de enero de 2020 de la nueva redacción del artículo 26 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, dada por el Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre, supone la aprobación de los nuevos modelos de marca fiscal que deberán llevar adheridos todos los envases o recipientes de bebidas derivadas, a salvo del periodo transitorio que se establece en esta orden, que circulen fuera del régimen suspensivo.
La nueva redacción recoge cambios importantes en estas precintas de circulación, puesto que éstas, además del código de identificación visible, incorporarán un código electrónico de seguridad que permita verificar inmediatamente su autenticidad y enlazar telemáticamente cada marca fiscal con los datos relativos al establecimiento al que son entregadas (código de actividad y establecimiento) y a su titular (número de identificación fiscal).
En los nuevos modelos, se incorporarán mejoras desde el punto de vista de técnicas de seguridad e impresión de estos documentos timbrados por parte de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y permitirán a través de estos códigos de seguridad, además de una verificación in situ por los órganos de control competentes de la veracidad de las mismas, la inclusión de información comercial de los operadores del sector de bebidas derivadas, en aras de una mayor transparencia y fiabilidad para los consumidores.
Por todo lo expuesto, habiéndose decidido que las marcas fiscales citadas deberán incorporar códigos electrónicos de seguridad, se considera necesaria la aprobación de una Orden Ministerial específica para regular estas nuevas marcas fiscales.

