Sujeción al IVA de prestaciones consistentes en el servicio de transporte de recogida desde el domicilio del empleado al aeropuerto, consideradas como retribuciones en especie del trabajo personal.
Fecha: 20/04/2021
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: acceder a Resolución del TEAC de 23/04/2021
Criterio:
Asimismo, se discute la sujeción al IVA de las prestaciones de servicios consistentes en el servicio de transporte de recogida desde el domicilio del empleado al aeropuerto, consideradas como retribuciones en especie del trabajo personal.
Entiende este Tribunal que retribuciones en especie del trabajo personal, consistentes en el servicio de transporte de recogida desde el domicilio del empleado al aeropuerto, constituyen prestaciones onerosas, ello con base en la jurisprudencia comunitaria, en particular, las sentencias del TJUE de 27-4-1999, Kuwait Petroleum, C-48/97, y de 21-1-2021, QM, asunto C-288/19, habida cuenta de que el empleado tiene la posibilidad de optar por el referido transporte o renunciar al mismo, recibiendo en tal caso una retribución dineraria adicional. Con esta premisa, se concluye la sujeción al IVA de la prestación, cuya base imponible en este caso ha de venir dada por el coste de la prestación de transporte a los aeropuertos.
Criterio aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante a los efectos del artículo 239 LGT.
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