El Banco de España habilita el nuevo registro de proveedores de servicios de cambio y custodia de moneda virtual
Fecha: 03/11/2021
Fuente: web del Banco de España
Enlaces: Nota de prensa
El Registro de los proveedores de 1) servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y 2) de custodia de monederos electrónicos recoge los datos identificativos de estos proveedores, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (“Ley 10/2010”).
De esta manera, estos proveedores serán sujetos obligados y deberán cumplir con las exigencias y requisitos previstos en la normativa de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
La inscripción en el registro está únicamente condicionada (i) a la existencia de procedimientos y órganos adecuados de prevención de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, y (ii) al cumplimiento de los requisitos de honorabilidad comercial y profesional.
La Ley 10/2010 incluye a estos proveedores como sujetos obligados a sus efectos e introduce una obligación de registro en el Banco de España; no obstante, no establece normas de supervisión financiera, prudencial, gobierno corporativo, seguridad tecnológica ni de conducta de mercado o transparencia informativa. El Banco de España no supervisa, por ejemplo, los riesgos financieros u operativos y de seguridad de estos negocios ni tiene ninguna competencia en materia de conducta sobre estos proveedores.
Por lo tanto, la inscripción en este registro no implica aprobación o verificación alguna de la actividad realizada por los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos por parte del Banco de España.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de las disposiciones generales de protección de los consumidores y usuarios y las competencias de la Comisión Nacional del Mercado de Valores en el ámbito de la publicidad sobre criptoactivos.
Para más información sobre “criptomonedas”, se ofrece el Comunicado conjunto de la CNMV y del Banco de España sobre el riesgo de las criptomonedas como inversión:
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