Disposiciones relativas al impuesto sobre sociedades que permiten a las empresas con domicilio fiscal en España amortizar el fondo de comercio

Publicado: 30 noviembre, 2021

EUROPA. SENTENCIA TSJUE. ESPAÑA. AMORTIZACIÓN DEL FONDO DE COMERCIO.  

Sentencia del TSJUE de 06/10/2021. Disposiciones relativas al impuesto sobre sociedades que permiten a las empresas con domicilio fiscal en España amortizar el fondo de comercio resultante de adquisiciones de participaciones en empresas con domicilio fiscal fuera de ese Estado miembro.

Se publican tres sentencias Asunto C-50/19, C-51/19, C-52/19, C-53/19, C-54/19 y C-55/19 que en las tres SE DESESTIMA EL RECURSO DE CASACIÓN.

 

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