El Congreso aprueba el Proyecto de Ley de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias

Publicado: 22 diciembre, 2021

RÉGIMEN FISCAL CANARIO. El Congreso aprueba el Proyecto de Ley de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias y lo remite al Senado

Proyecto de Ley que procede del RD ley 39/2020

Fecha: 21/12/2021

Fuente: web del Congreso de los Diputados

Enlace: Acceder a Proyecto de Ley

 

– Quedan exentos del pago de IRPF los perceptores de ayudas por un importe máximo de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples

– El Ministerio de Hacienda contará con una ampliación de crédito para hacer frente a la Sentencia del Tribunal Supremo sobre la responsabilidad del Estado en relación con el Proyecto Castor

La Comisión de Hacienda y Función Pública ha aprobado con competencia legislativa plena el Proyecto de Ley de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias, que será remitido al Senado donde continuará su tramitación parlamentaria.

Los miembros de la Comisión, reunida hoy, martes 21 de diciembre, desde las 10:30 horas, han dado luz verde al dictamen por unanimidad, que no modifica el Informe de la Ponencia, ya que se han rechazado las enmiendas debatidas.

Este proyecto de ley, cuya tramitación se está realizando por el procedimiento de urgencia, procede del Real Decreto-ley de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias, convalidado por el Pleno del Congreso el 28 de enero. Incluye, como “medida económica y social de apoyo” para hacer frente a la emergencia ocasionada por la pandemia del COVID-19, una exención en el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física.

Esta exención es válida para los beneficiarios del ingreso mínimo vital, de prestaciones autonómicas establecidas en concepto de renta mínima de inserción y otras ayudas públicas destinadas a “garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos o se encuentren en riesgo de exclusión social”, hasta un importe máximo de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples, el IPREM.

También incluye una concesión de ampliación de crédito al Ministerio de Hacienda por importe de 638.000.000 de euros, con carácter ampliable, para hacer frente a la ejecución de la sentencia 1404/2020 del Tribunal Supremo de responsabilidad patrimonial del Estado legislador en relación con el Proyecto Castor. Para obtener la financiación necesaria para atender al pago, se recurrirá en parte a deuda pública “al no disponer el Fondo de Contingencia de recursos suficientes para financiarlo”.

Asimismo, el texto modifica la Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias para ampliar en un año los plazos para efectuar la materialización de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), dotada con los beneficios obtenidos en períodos impositivos iniciados en el año 2016 y para las inversiones anticipadas realizadas en 2017. Como consecuencia del impacto de la pandemia en los beneficios empresariales en el ejercicio 2020, “el Gobierno considera oportuno dar la posibilidad de realizar la dotación en 2021”.

Modificación de la Ley Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

En las disposiciones finales del proyecto de ley se reforma la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para que las contribuciones de España a las instituciones financieras multilaterales, en cuyos calendarios establecidos internacionalmente se determine de esta forma, puedan realizarse en un año natural distinto a aquél en el que se adquirió el compromiso.

El objetivo es habilitar de forma urgente el mecanismo para adaptar la tramitación de los expedientes de gasto, para que “España pueda integrarse en tiempo y en forma en los instrumentos que las instituciones financieras multilaterales ponen en marcha para dar una respuesta global a la crisis de la COVID-19”.

Fase de Ponencia

Durante el trámite en Ponencia, se ha acordado incorporar al proyecto las enmiendas números 7 y 8 de los grupos Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.

La primera de ellas añade un nuevo párrafo en el apartado II de la exposición de motivos en el que se explica la disposición final segunda bis (nueva), que es la enmienda número 8 aprobada durante la fase de Ponencia. Esta enmienda de adición modifica el Impuesto General Indirecto Canario en lo relativo a las reglas de localización de determinadas prestaciones de servicios para evitar supuestos de doble imposición y coordinar su regulación con lo ya establecido en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

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