Se aprueba una reducción del 20 % del rendimiento neto para las actividades agrícolas y ganaderas que tributan en IRPF por módulos. También se aprueba la exención de las cuotas del IBI de naturaleza rústica para determinados productores agrarios que reúnan ciertos requisitos
Medidas Fiscales y Económicas
En relación con medidas de carácter fiscal:
- IRPF e IVA: se aprueba una reducción del 20 % del rendimiento neto para las actividades agrícolas y ganaderas que tributan en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el método de Estimación Objetiva (módulos). Se estima que esta medida beneficiará a 918.000 agricultores y ganaderos, y reducirá la base imponible en más de 500 millones de euros. (art. 4)
- IBI: También se aprueba la exención de las cuotas del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica para determinados productores agrarios que reúnan ciertos requisitos. (art. 4)
Entrada en vigor.
El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «BOE».
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