Orden Foral de Guipuzkoa por la que se aprueba el modelo 720

Publicado: 25 marzo, 2022

GIPUZKOA. MODELO 720. Orden Foral 168/2022, de 17 de marzo, por la que se aprueba el modelo 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, así como su forma de presentación y diseños lógicos.

El Decreto Foral 12/2021, de 5 de octubre, por el que se modifican determinados reglamentos de desarrollo de la Norma Foral General Tributaria ha incluido diversas modificaciones en el referido reglamento y, en particular, en los mencionados artículos 53, 54, 69 y 70.

En primer lugar, ha modificado la periodicidad de la obligación de información, estableciéndose que, salvo en el caso de los bienes inmuebles, deberá informarse anualmente del conjunto de los bienes y derechos en el extranjero, agrupados por categoría, siempre que por cada categoría se supere el umbral de 50.000 euros. Cuando el suministro de información se refiera únicamente a bienes inmuebles y derechos sobre los mismos, se mantiene la regla anterior y en los años sucesivos solo existirá obligación de declarar cuando aquellos experimenten un incremento superior a 20.000 euros respecto del que determinó la presentación de la última declaración, salvo que ese año la o el contribuyente tenga obligación de informar sobre cualquiera de las otras categorías de bienes, en cuyo caso, también deberá informar sobre los bienes inmuebles o derechos sobre los mismos, aunque no exista un incremento de valor superior a 20.000 euros.

En segundo lugar, el decreto foral ha modificado el plazo para dar cumplimiento a la obligación de suministro de información sobre bienes y derechos en el extranjero y, por consiguiente, de presentación del modelo 720. En adelante, este plazo será del 1 de abril al 30 de junio.

En tercer lugar, el decreto foral ha aclarado que, a efectos de la obligación de presentar la declaración informativa anual, en lo referente a las monedas virtuales será el valor conjunto de todas las monedas virtuales el que deberá superar la cifra de 50.000 euros.

Recuerda: en el ámbito competencial de la AEAT el pasado día 23 publicaron este aviso:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/declaraciones-informativas-ayuda-tecnica/modelos-349-720/modelo-720-presentacion-mediante-formulario.html

 

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