COMUNITAT VALENCIANA, DEVOLUCIÓN FIANZAS ARRENDAMIENTO. DECRETO 46/2022, de 29 de abril, del Consell, por el que se regula el régimen de depósito, devolución e inspección de las fianzas por arrendamientos de fincas urbanas y por prestaciones de servicios o suministros complementarios en la Comunitat Valenciana. [2022/3675]
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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
El Decreto 333/1995, de 3 de noviembre, solo ampara procedimientos presenciales de depósito y devolución de fianzas a través de las entidades colaboradoras en la recaudación de la Generalitat Valenciana. La apuesta por la exclusividad de dichos medios resulta en la actualidad insuficiente, toda vez que la normativa administrativa común impone a la administración habilitar canales informáticos de relación con las personas interesadas. La presente norma remite a una orden de la Conselleria competente en materia de hacienda para la concreción de los procedimientos de depósito y devolución de fianzas que, preferentemente, deberán realizarse por medios telemáticos.
Por último, se actualiza el régimen de funcionamiento de la Inspección de las Fianzas clarificando el régimen legal aplicable en sus procedimientos y modificando el régimen de competencias para atribuirlo al órgano que, por sus funciones propias, precisa de dichas facultades para desarrollar adecuadamente su labor.
Este Decreto se halla incluido en el Plan Normativo de la Generalitat para 2022. La modificación del actual Reglamento de Fianzas constituye la única manera de remover los obstáculos para la necesaria modernización de la gestión e inspección de las fianzas urbanas. El Decreto introduce los cambios normativos imprescindibles, garantizando en aras del principio de seguridad jurídica la coherencia con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilita su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas, sin introducción de cargas administrativas innecesarias, con total transparencia y pleno respeto a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Finalmente, en materia de transparencia, se han definido claramente los objetivos de esta norma y su justificación, y se ha posibilitado la participación activa de las personas y asociaciones representativas de intereses que pudieran verse afectados por la misma.
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