Orden Foral 316/2022 de Gipuzkoa por la que se aprueba el modelo 490 – Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

Publicado: 13 junio, 2022

GIPUZKOA. MODELO 490. Orden Foral 316/2022, de 2 de junio, por la que se aprueba el modelo 490, «Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Autoliquidación», así como sus formas de presentación e ingreso.

Mediante la Ley 1/2022, de 8 de febrero, por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, se ha concertado, entre otros, el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.

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Además, la citada Ley 1/2022 ha modificado el artículo regulador de las obligaciones de información para establecer la obligación de presentar las declaraciones de carácter censal del impuesto sobre determinados servicios digitales ante la Administración correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente.

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La presentación del modelo se llevará a cabo a través de Internet, desde la plataforma Zergabidea, la cual permitirá confeccionar el modelo cumplimentando los datos requeridos al efecto por la propia plataforma.

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Disposición final única.    Entrada en vigor y aplicación.

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y será de aplicación por primera vez a las autoliquidaciones correspondientes al segundo trimestre de 2022 cuyo plazo de presentación comience el día 1 de julio de 2022.

 

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