El TS admite a trámite debiendo decidir si durante la declaración del estado de alarma se produjo el hecho imponible del IAE

Publicado: 4 noviembre, 2022

Fecha:  20/10/2022

Fuente: web del Poder Judicial

Enlace:  Auto del TS de 20/10/2022

 

El TS deberá determinar si la suspensión o limitación transitoria de la actividad de un determinado sector ordenada por el decreto de declaración del estado de alarma, en este caso por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, permite considerar que no se produjo el hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas durante el periodo en el que estuvo vigente tal medida y, con base en ello, anular la liquidación del IAE en el ejercicio 2020.

 

Si te ha interesado ... compártelo !