Consulta pública previa de la transposición relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales

Publicado: 8 marzo, 2023

TRIBUTACIÓN MÍNIMA PARA MULTINACIONALES. Consulta pública previa sobre la transposición al derecho español de la directiva (UE) 2022/2523 del Consejo de 15 de diciembre de 2022 relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión

 

Fecha:  06/03/2023

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Texto del Proyecto

 

En un esfuerzo continuado por poner fin a las prácticas fiscales de las empresas multinacionales que les permiten trasladar beneficios a países o territorios en los que no están sujetas a imposición o están sujetas a una imposición baja, la OCDE ha seguido desarrollando un conjunto de normas fiscales internacionales entre las que figuran aquellas que tienen por objetivo poner un límite a la competencia fiscal en relación con los tipos del Impuesto sobre Sociedades mediante el establecimiento de un nivel mínimo global de imposición para aquellos grupos multinacionales que tengan un importe de ingresos consolidados igual o superior a 750 millones de euros. Dicho objetivo político se ha traducido en el documento denominado “Desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía — Normas modelo contra la erosión de la base imponible (Pilar Dos)” (en lo sucesivo, «Normas modelo de la OCDE») aprobadas el 14 de diciembre de 2021 por el Marco Inclusivo de la OCDE/G20 sobre BEPS al que se adhirieron los Estados miembros de la Unión Europea.

A nivel europeo se ha aprobado la Directiva (UE) 2022/2523 del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión (en lo sucesivo, la Directiva (UE) 2022/2523 o la Directiva).

La Directiva (UE) 2022/2523 establece un impuesto complementario mediante dos reglas interconectadas, la regla de inclusión de rentas y la regla de beneficios insuficientemente gravados (esta segunda sirve de apoyo a la primera), que garantizan que las rentas obtenidas por los grupos nacionales de gran magnitud situados en Estados miembros de la Unión Europea o por los grupos multinacionales cuya matriz esté situada en un Estado miembro de la Unión Europea (en ese último caso tanto si las empresas del grupo están situadas en la Unión Europea como fuera de ella) tributen efectivamente a un tipo mínimo global del 15%.

En principio, se plantea que la transposición de los preceptos de la Directiva (UE) 2022/2523 se efectué a través de una norma propia de rango legal.

De acuerdo con el artículo 56 de la Directiva, su transposición tiene que estar en vigor el día 31 de diciembre de 2023 para que se aplique a los períodos impositivos que se inicien a partir de esa fecha, en la práctica en 2024, si bien la regla de beneficios insuficientemente gravados se aplicará para los períodos impositivos que se inicien a partir del 31 de diciembre de 2024, en la práctica el 1 de enero de 2025.

Se podrá presentar observaciones hasta el 24 de marzo de 2023.

 

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