Reducción del 95 % por transmisión mortis causa de empresa individual del artículo 20.2.c) de la Ley 29/1987

Publicado: 14 mayo, 2024

ISD. Reducción del 95 % por transmisión mortis causa de empresa individual del artículo 20.2.c) de la Ley 29/1987.  Requisito relativo a la remuneración de la persona que ejerza funciones de dirección. Declaraciones complementarias de IRPF presentadas una vez iniciadas las actuaciones inspectoras. Carga de la prueba: las declaraciones complementarias de IRPF no pueden rechazarse sin más.

 

Fecha: 22/03/2024

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Acceder a Resolución del TEAC de 22/03/2024

 

Criterio:

A los efectos de la aplicación de la reducción recogida en el art. 20.2.c de la Ley del Impuesto de Sucesiones, en lo que respecta al cumplimiento del requisito consistente en que la remuneración derivada del ejercicio efectivo de funciones de dirección en la entidad debe superar el 50% de las retribuciones de la persona a quien se le exija, no puede rechazarse sin más la presentación de declaraciones complementarias de IRPF por el hecho de haberse presentado después de iniciada la comprobación del Impuesto sobre Sucesiones, sino que debe ser comprobado por la Administración tributaria la realidad de dicha retribuciones a efectos de determinar cumplido o no el citado requisito.

Se reitera criterio de Resolución TEAC de 18-02-2019 (RG 959-2017)

 

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