Intereses en devoluciones de la AEAT

Publicado: 29 noviembre, 2017

IVA. La consultante se dedica al comercio de embutidos. Se va a incorporar a la sociedad un cortador de jamón que impartirá cursos de «Corte de jamón».

A los asistentes al curso se les facturará por el curso en si mismo y además por el jamón que adquirirán una vez cortado.

Consulta V2151-17 de 21/08/2017

Del escrito de consulta se deduce que la entidad consultante realiza dos operaciones diferentes a efectos del IVA:

  1. a) Una entrega de bienes, jamones, que han sido cortados por el alumno.
  2. b) Una prestación de servicio de formación de “Corte de jamón”.

De acuerdo con lo anterior, este Centro Directivo le informa lo siguiente:

1º.- Tributarán por el IVA al tipo impositivo del 10% las entregas del jamón objeto de consulta.

2º.- Estarán exentos del IVA los cursos de “corte de jamón” siempre que sea materia incluidas en alguno de los planes de estudios de cualquiera de los niveles o grados del sistema educativo español.

En otro caso, dichos servicios quedarán gravados al tipo impositivo general del 21 por ciento.

 

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