Actos Jurídicos Documentados. Novación de préstamo con garantía hipotecaria. Novación de las cláusulas financieras. Sujeción. Base imponible

Publicado: 1 junio, 2021

Fecha: 26/05/2021

Fuente: web de la AEAT

Enlaces: Resolución del TEAC de 28/04/2021

Criterio:

La novación de las cláusulas financieras tiene un contenido económico por lo que está sujeta a AJD en virtud del artículo 31 del TRITPAJD. La base imponible es el contenido económico de las cláusulas financieras valuables que delimitan la capacidad económica susceptible de imposición y no el total de responsabilidad hipotecaria.

 

Se reitera criterio de  RG 794-2018, de 28 de enero de 2021

 

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