Adjudicaciones en pago de deudas o daciones de pago. Fijación de la base imponible.

Publicado: 6 marzo, 2020

Fecha: 22/08/2019

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Resolución del TEAC de 21/01/2020

 

Criterio:
De acuerdo con el criterio establecido por el TS (Sentencia de 31 de enero de 2019, rec. Cas. 1095/2018, entre otras), en una dación en pago, la base imponible del ITP y AJD, modalidad transmisiones patrimoniales onerosas, habrá de fijarse en función del importe de la deuda hipotecaria pendiente de amortizar que se extingue con la operación, cuando dicha deuda sea superior al valor real del bien inmueble que se transmite.

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