Anulada sanción de IVA por falta de proporcionalidad al no existir perjuicio económico ni fraude fiscal

Publicado: 24 febrero, 2025

ANULACIÓN DE SANCIÓN

LGT. El TEAC anula una sanción de IVA por falta de proporcionalidad al no existir perjuicio económico ni fraude fiscal. La aplicación automática de una sanción basada en un porcentaje fijo sin posibilidad de modulación contradice los principios del Derecho de la Unión Europea

Fecha: 17/12/2024

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Resolución del TEAC de 17/12/2024

 ANTECEDENTES

  • La entidad XZ TW, S.L.U. presentó una solicitud de devolución de IVA correspondiente al 4º trimestre de 2018 por un importe de 823,38 euros. Durante una inspección limitada al análisis de esta solicitud, la AEAT detectó que la entidad no había consignado en su autoliquidación del 1T/2018 la cuota de IVA derivada de la adquisición de un inmueble por importe de 12.500.000 euros, en la que actuaba como sujeto pasivo por inversión según el artículo 84.Uno.2.e) de la Ley del IVA.
  • A pesar de que la omisión fue subsanada en la inspección, la AEAT inició un procedimiento sancionador por infracción del artículo 170.Dos.4º de la Ley del IVA, imponiendo una sanción del 10% de la cuota no declarada (2.625.000 euros), conforme al artículo 171.Uno.4º de la Ley del IVA.
  • El contribuyente alegó que la omisión fue causada por un error contable involuntario y que la sanción era desproporcionada, al no existir perjuicio económico ni intención de fraude. Sin embargo, tanto el recurso de reposición como la reclamación ante el TEAR de Madrid fueron desestimados.

 

FALLO DEL TRIBUNAL

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) acuerda estimar el recurso de alzada interpuesto por XZ TW, S.L.U., anulando la sanción impuesta por considerar que vulnera el principio de proporcionalidad, dado que:

  • La omisión fue meramente formal y no causó perjuicio económico a la Hacienda Pública.
  • No se detectaron indicios de fraude fiscal.
  • La aplicación automática de una sanción basada en un porcentaje fijo sin posibilidad de modulación contradice los principios del Derecho de la Unión Europea.

 

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

El TEAC fundamenta su decisión en los siguientes argumentos:

Principio de proporcionalidad (art. 49.3 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE):

  • La sanción debe ser adecuada al daño causado. En este caso, al no existir perjuicio económico ni fraude, la sanción resultaba excesiva.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo:

  • La sentencia de 25 de julio de 2023 (recurso nº 5234/2021) establece que sanciones automáticas, sin ponderación de las circunstancias, vulneran el principio de proporcionalidad.

Doctrina del TJUE:

  • En el asunto Farkas (C-564/15) se determinó que las sanciones impuestas por simples errores formales en declaraciones de IVA deben ser proporcionales y no exceder lo necesario para garantizar la correcta recaudación y prevención del fraude.

Inaplicación del artículo 171.Uno.4º LIVA:

  • El Tribunal considera que este artículo, al fijar sanciones rígidas sin margen de ponderación, infringe el Derecho de la UE, permitiendo su inaplicación directa por los órganos jurisdiccionales nacionales.

 

NORMATIVA

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA)

Art. 84.Uno.2.e): Establece la inversión del sujeto pasivo en operaciones inmobiliarias.

Art. 170.Dos.4º: Tipifica la infracción por no consignar correctamente las cuotas en las autoliquidaciones.

Art. 171.Uno.4º: Determina la sanción del 10% de la cuota omitida.

JURISPRUDENCIA Y RESOLUCIONES RELEVANTES

Sentencia del Tribunal Supremo (25 de julio de 2023, rec. nº 5234/2021):

Anula una sanción por vulnerar el principio de proporcionalidad en casos de omisiones sin perjuicio económico.

Sentencia del TJUE (26 de abril de 2017, C-564/15, Farkas):

Considera desproporcionadas las sanciones automáticas por errores formales si no existe fraude ni impacto fiscal.

Sentencia del TJUE (15 de abril de 2021, C-935/19, Grupa Warzywna):

Reafirma la obligación de que las sanciones tributarias respeten el principio de proporcionalidad.

Sentencia del Tribunal Supremo (26 de julio de 2023, rec. nº 8620/2021):

Reitera la doctrina sobre la necesidad de ponderar la proporcionalidad en materia sancionadora.

 

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