Aplicación de tipo de IVA en la adquisición de aceitunas por los asociados de una asociación de empresas a los agricultores

Publicado: 17 febrero, 2023

Fecha:  01/02/2023

Fuente: web de la AEAT

Enlace:  Consulta V0110-23 de 01/02/2023

 

La consultante es una asociación de empresas de almazaras industriales cuyos asociados adquieren aceitunas a agricultores acogidos al régimen general del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La asociación consultante cuestiona si es de aplicación el tipo del cero por ciento a las entregas de aceitunas efectuadas a favor de sociedades mercantiles, previsiblemente para la elaboración de aceite.

Este Centro directivo informa:

  • que las entregas de aceitunas por parte del agricultor, en la medida que se incluyen dentro de la relación de productos a que se refiere el artículo 91.Dos.1.1º de la Ley 37/1992, tributarán al tipo del cero por ciento del IVA durante la vigencia y aplicación de las medidas contenidas en el artículo 72 del reiterado Real Decreto-ley 20/2022.

tributarán al tipo reducido del 5 por ciento las entregas de aceite de oliva efectuadas por las entidades consultantes, en la medida que se encuentre incluido dentro del ámbito de aplicación del referido Real Decreto-Ley 20/2022, en virtud de lo dispuesto en el Código Alimentario y sus disposiciones de desarrollo.

 

Si te ha interesado ... compártelo !