Aportación de un bien inmueble a la sociedad de gananciales e IRPF

Publicado: 8 julio, 2022

IRPF. NO SUJECIÓN. Aportación de un bien inmueble a la sociedad de gananciales.

Fecha: 25/05/2022

Fuente: web de la AEAT

Enlaces:  Acceder Resolución del TEAR de Madrid de 25/05/2022

 

Criterio:
Se considera, en contra de lo que sostiene la oficina gestora, que no hay alteración patrimonial en el supuesto de la aportación de un bien inmueble a la sociedad de gananciales en ninguno de los cónyuges en la línea de la STS de 3/3/2021 que, aunque referida a ITP, entiende que no hay cuotas en la copropiedad de la sociedad de gananciales (comunidad germánica).

 

Si te ha interesado ... compártelo !