. FACULTADES DE COMPROBACIÓN POR LA INSPECCIÓN. Comprobación de actos, operaciones y circunstancias que tuvieron lugar en ejercicios tributarios prescritos, anteriores a la entrada en vigor de la Ley General Tributaria (LGT) de 2003.
Fecha: 24/05/2022
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Acceder a Resolución del TEAC de 24/05/2022
Criterio:
De acuerdo con la jurisprudencia, no se pueden comprobar (ni declarar en fraude de ley) negocios/operaciones realizadas en ejercicios prescritos anteriores a la entrada en vigor de la LGT de 2003 aunque desplieguen efectos en ejercicios no prescritos (comprobados), siendo indiferente, a estos efectos, que la comprobación se desarrolle bajo la LGT de 2003.
Se reitera criterio de RG 1873-2007, de 26-02-2009; y de RG 2305-2012, de 2-06-2015
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