Comprobación de la situación tributaria de una Agrupación de Interés Económico (AIE). Alcance de la legitimidad de los socios partícipes para impugnar.
Resolución del TEAC de 16/01/2018
Criterio:
El derecho que el RGAT reconoce a los socios para oponer los motivos de oposición que consideren oportunos no puede ejercerse una vez que la regularización practicada a la AIE haya alcanzado firmeza.
Criterio reiterado.
Artículos Relacionados
- Deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de cargas urbanísticas, intereses y costas derivadas de sentencia judicial
- Preguntas IS incorporadas al INFORMA durante el mes de febrero de 2026
- Aplicación del régimen de neutralidad fiscal a una fusión inversa intragrupo con bases imponibles negativas preconsolidadas

