DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. La DGT se pronuncia sobre la aplicación de la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas sin poseer certificado de eficiencia energética previo al inicio de las obras. Contesta que no será posible la deducción sin dicho certificado
Fecha: 11/05/2022
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Acceder Consulta V1060-22 de 11/05/2022
La consultante ha realizado en su vivienda obras para la instalación de placas fotovoltaicas, que han supuesto una mejora de la eficiencia energética de la vivienda acreditada con el correspondiente certificado de eficiencia energética. Sin embargo, manifiesta que no dispone del certificado de eficiencia energética previo al inicio de las obras.
Si puede aplicar la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En el caso planteado, el consultante señala que ha realizado en su vivienda obras para la instalación de placas fotovoltaicas que han supuesto una mejora de la eficiencia energética de la vivienda, y que resulta acreditada con el correspondiente certificado de eficiencia energética. Sin embargo, manifiesta que no dispone de un certificado de eficiencia energético previo que haya sido expedido dentro del plazo de los dos años anteriores al inicio de las obras.
Por tanto, dado que no dispone del certificado previo al inicio de las obras que se exige conforme al apartado 5 de la disposición adicional 50ª de la LIRPF, a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados para la aplicación de la deducción, no resultará de aplicación la referida deducción.