Derecho a la deducción por familia numerosa durante los meses transcurridos desde que caduca el título de familia numerosa hasta que se produzca la renovación del mismo

Publicado: 5 marzo, 2021

Se pregunta si se tiene derecho a la deducción por familia numerosa durante los meses transcurridos desde que caduca el título de familia numerosa hasta que se produzca la renovación del mismo Principio del formulario

Durante los meses en los que no se disponga del título, no se tiene derecho a la deducción por no tener reconocida la condición de familia numerosa. No obstante, si se cumplen el resto de requisitos, cuando el título se renueve se tendrá derecho a la deducción desde la fecha de efectos del título renovado

Fecha: 10/09/2020

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Acceder a  Consulta V2775-20 de 10/09/2020

Conforme a dicho precepto, se requiere del título oficial de familia numerosa expedido por la comunidad autónoma correspondiente para acreditar dicha condición. Por tanto, durante los meses en los que no se disponga del referido no se tiene reconocida la condición de familia numerosa y, en consecuencia, no se tendrá derecho a la deducción del artículo 81 bis de la LIRPF.

No obstante lo anterior, una vez que dicho título sea renovado, se tendrá derecho a la deducción desde la fecha de efectos del título renovado, siempre y cuando se cumplan el resto de los requisitos establecidos en el artículo 81 bis de la LIRPF. En este sentido, el artículo 7 de la citada Ley 40/2003 señala que:

“Los beneficios concedidos a las familias numerosas surtirán efectos desde la fecha de la presentación de la solicitud de reconocimiento o renovación del título oficial.

(…)”.

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