El contribuyente que aplica el régimen especial “Beckham Law” no deduce las aportaciones a fondos de pensiones

Publicado: 2 octubre, 2023

IRPF. RÉGIMEN ESPECIAL BECKHAM. El contribuyente que aplica el régimen especial “Beckham Law” no deduce las aportaciones a fondos de pensiones.

 

Fecha: 04/07/2023

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Consulta V1916-23 de 04/07/2023

 

El consultante tributa por el régimen especial regulado en el artículo 93 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (según indica, régimen especial «Beckham law»).

Conocer si, en su declaración por el IRPF 2022 bajo el régimen especial por el que tributa, son deducibles las aportaciones a fondo de pensiones.

de conformidad con los citados artículos 93 de la LIRPF y 114 del RIRPF, la aplicación de este régimen especial implica la determinación de la deuda tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con arreglo a las normas establecidas en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con las especialidades que establecen dichos artículos, por lo que el artículo 51 de la LIRPF (relativo a las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social) no resulta aplicable a los contribuyentes, como el consultante, que hayan optado por aplicar dicho régimen especial de tributación.

Por último, añadir que, si bien, con efectos desde 1 de enero de 2023, mediante el apartado cinco de la disposición final tercera de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (BOE de 22 de diciembre de 2022), se ha dado nueva redacción al artículo 93 de la LIRPF, lo señalado en el párrafo anterior es igualmente aplicable desde 1 de enero de 2023

 

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