Fecha: 20/07/2022
Fuente: web de la AEAT
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144072-ELECTRICIDAD APLICACIÓN DEL TIPO REDUCIDO
Aplicación del tipo reducidoa las entregas de electricidad.
Con efectos desde el 26 de junio de 2021 y vigencia hasta el 30 de junio de 2022, se aplicará el tipo del 10% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
a) Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada(término fijo de potencia) sea inferior a 10 kW,con independencia del nivel de tensión de suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 euros/MWh.
b) Titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidady tengan reconocida la condición devulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica
A partir de 1 de julio de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, en ambos casos, el tipo se reduce al 5%.
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