Ganancias patrimoniales. Elementos patrimoniales afectos. Arrendamiento de inmueble que alberga un hotel, y posterior venta. Coeficientes reductores.
Resolución del TEAC de 08/02/2018
Criterio:
La calificación de un arrendamiento como arrendamiento de negocio comporta que durante la vigencia de ese contrato el inmueble sigue manteniendo su consideración de elemento patrimonial afecto a una actividad económica, y no son aplicables los coeficientes de abatimiento de la D T 9ª cuando se enajene.
Criterio reiterado.
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