Notificaciones. Entidad incluida en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH). Notificación realizada por Agente tributario.
Fecha: 18/05/2022
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Resolución del TEAC de 18/05/2022
Criterio:
La notificación del acuerdo de liquidación efectuada a través de agente tributario es válida, porque a la vista de lo dispuesto en el artículo 3.2 b) del RD 1363/2010, de 29 de octubre, la Administración puede acudir a la notificación no electrónica por razones de eficacia de la actuación administrativa, como es el caso, tal como se expresa en la Exposición de Motivos del mismo Real Decreto.
Artículos Relacionados
- El TEAC refuerza el estándar probatorio para derivar responsabilidad a administradores: se requiere probar falta clara de diligencia
- El acceso voluntario a notificación electrónica surte efectos jurídicos plenos aunque no se esté obligado a recibir notificaciones electrónicas
- Avalado el uso del valor del IP para participaciones ocultadas, pero exige motivación que acredite que refleja el valor de mercado

