Impuesto sobre Sociedades. Incidencia de las valoraciones realizadas por la Administración a efectos de otros tributos. Principio de unicidad frente a Principio de estanqueidad

Publicado: 1 julio, 2019

Resolución del TEAC de 14/05/2019

La valoración de un bien realizada por una Administración tributaria (autonómica en este caso), vincula a todos los efectos a las demás Administraciones competentes.

Criterio:

Siguiendo el criterio jurisprudencial, el valor real de los bienes adquiridos, comprobado por técnico competente de la Administración Autonómica a efectos de la liquidación practicada a la sociedad por el concepto tributario Transmisiones patrimoniales Onerosas, vincularía a la Inspección en la determinación del valor de mercado correspondiente a dicha adquisición a efectos de determinar en el Impuesto sobre Sociedades el incremento de base imponible derivado de la transmisión lucrativa por la diferencia entre el valor escriturado y declarado.

 

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