IVA. La consultante se dedica al comercio de embutidos. Se va a incorporar a la sociedad un cortador de jamón que impartirá cursos de «Corte de jamón».
A los asistentes al curso se les facturará por el curso en si mismo y además por el jamón que adquirirán una vez cortado.
Consulta V2151-17 de 21/08/2017
Del escrito de consulta se deduce que la entidad consultante realiza dos operaciones diferentes a efectos del IVA:
- a) Una entrega de bienes, jamones, que han sido cortados por el alumno.
- b) Una prestación de servicio de formación de “Corte de jamón”.
De acuerdo con lo anterior, este Centro Directivo le informa lo siguiente:
1º.- Tributarán por el IVA al tipo impositivo del 10% las entregas del jamón objeto de consulta.
2º.- Estarán exentos del IVA los cursos de “corte de jamón” siempre que sea materia incluidas en alguno de los planes de estudios de cualquiera de los niveles o grados del sistema educativo español.
En otro caso, dichos servicios quedarán gravados al tipo impositivo general del 21 por ciento.
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