AJD. La aportación gratuita de un bien privativo a la sociedad de gananciales no está sujeta a ISD pero sí a AJD.
Fecha: 01/03/2023
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Consulta V0484-23 de 01/03/2023
La consultante tiene unos bienes inmuebles adquiridos privativos. Actualmente, quiere aportarlos a título gratuito a su sociedad de gananciales.
Al tratarse de una operación lucrativa, no tributará por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITPAJD, ni tampoco en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al no ser la sociedad de gananciales sujeto pasivo de dicho impuesto. Ahora bien, al existir bienes inmuebles, la escritura pública que recoja la aportación a la sociedad de gananciales quedará sujeta al ITPAJD en su modalidad de actos jurídicos documentados, documentos notariales al cumplir todos los requisitos establecidos en el artículo 31.2 del TRLITPAJD; en cualquier caso, resultará exenta de dicho impuesto en aplicación del artículo 45.I.B) 3 del TRLITPAJD.
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