INTERRUPCIÓN DEL PLAZO
LGT. PRESCRIPCIÓN. Las autoliquidaciones complementarias interrumpen el plazo de prescripción del derecho a solicitar la devolución de ingresos indebidos.
La presentación de autoliquidaciones complementarias tiene efectos interruptores del plazo de prescripción del derecho a solicitar la devolución de ingresos indebidos (lo que supondría el reinicio del plazo de 4 años)
Fecha: 10/04/2025 Fuente: web de la AEAT Enlace: Resolución del TEAC de 31/03/2025
HECHOS RELEVANTES
- La entidad XZ-TW, como dominante de un grupo fiscal, pidió el 12-01-2024 la rectificación de las autoliquidaciones del IS (Modelo 220) de 2017, 2018 y 2021. Sostenía que había limitado indebidamente la compensación de bases imponibles negativas (BINs) por aplicación de la DA 15ª LIS introducida por el RDL 3/2016 (límites 25%/50%), declarada inconstitucional y nula por el TC, y solicitaba devolución (principalmente intereses en 2017) y regularización de ejercicios conexos.
- La Oficina Gestora inadmitió (23-05-2024) por prescripción del derecho a solicitar devolución de ingresos indebidos respecto de 2017 y 2018; reposición desestimada el 12-07-2024. La entidad reclamó al TEAC el 24-07-2024.
- Dato clave: el 16-07-2020 la entidad presentó autoliquidaciones complementarias de 2017 y 2018 que reducían la cantidad a devolver respecto de las originarias (lo que el TEAC califica expresamente como “complementarias”).
FALLO DEL TRIBUNAL
- Declara interrumpida la prescripción del derecho a solicitar la devolución por la presentación de las autoliquidaciones complementarias de 2017 y 2018 (16-07-2020).
Fundamentos jurídicos y argumentos
Prescripción y eficacia interruptiva
- El derecho a solicitar devoluciones (art. 66.c LGT) se interrumpe por “cualquier actuación fehaciente del obligado tributario que pretenda la devolución, el reembolso o la rectificación de su autoliquidación” (art. 68.3.a LGT). El TEAC razona que las autoliquidaciones de 16-07-2020 fueron complementarias (reducen devolución) conforme al art. 119 RGAT y, en tal condición, interrumpen la prescripción del derecho del art. 66.c LGT. Por tanto, la solicitud de 12-01-2024 fue tempestiva.
Artículos:
LGT (Ley 58/2003) – base legal general de prescripción y revisión:
- art. 66: plazos de prescripción – define el derecho del obligado a devolución.
- art. 67: cómputo – punto de partida del plazo.
- art. 68: interrupción, clave para computar por las complementarias.
- art. 119: opciones y autoliquidaciones; conexión con rectificación.
- art. 120.3: rectificación de autoliquidaciones
- art. 230: acumulación de reclamaciones aplicada por el TEAC
- art. 239.4: inadmisibilidad; control competencial del TEAC
RGAT (RD 1065/2007) – régimen de autoliquidaciones complementarias y rectificación:
RGRVA (RD 520/2005) – devolución de ingresos indebidos y ejecución:
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