Las cantidades donadas que excedan el 10% de la base liquidable del contribuyente en el IRPF en el periodo impositivo actual no serán deducibles en años sucesivos

Publicado: 23 julio, 2024

DONACIÓN A UNA FUNDACIÓN

IRPF.  Las cantidades donadas que excedan el 10% de la base liquidable del contribuyente en el IRPF en el periodo impositivo actual no serán deducibles en años sucesivos.

 

Fecha: 30/05/2024

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Acceder a Consulta V1247-24 de 30/05/2024

 

HECHOS:

La consultante desea realizar una donación a una fundación, aunque la cantidad a donar supera el 10% de su base liquidable en el IRPF.

Se pregunta si el exceso de la donación sobre el límite del 10% de la base liquidable puede deducirse en periodos impositivos posteriores.

La DGT:

Normativa:

El artículo 68.3 de la Ley 35/2006 permite deducciones de donaciones a fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos hasta un máximo del 10% de la base liquidable.

Límite de la Base de Deducción:

El artículo 69.1 establece que la base de las deducciones por donaciones no puede exceder el 10% de la base liquidable del contribuyente.

Deducción de Exceso en Periodos Posteriores:

La normativa no permite deducir en ejercicios fiscales futuros el exceso de las cantidades donadas que superen el 10% de la base liquidable del contribuyente en el año en curso.

Conclusión:

Las cantidades donadas que excedan el 10% de la base liquidable del contribuyente en el periodo impositivo actual no serán deducibles en años sucesivos.

 

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