Los gastos de notario, registro, gestoría, tasaciones … en la adquisición de un Farmacia. son deducibles por la vía de la amortización de los distintos elementos patrimoniales

Publicado: 19 enero, 2021

Adquisición de oficina de farmacia. En la adquisición se ha incurrido en una serie de gastos tales como notario, registro, gestoría, tasaciones o gastos de intermediación. la deducibilidad de tales gastos se realizará por la vía de la amortización de los distintos elementos patrimoniales que integren la referida oficina de farmacia

 

Fecha: 02/07/2020

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Acceder a Consulta V2265-20 de 02/07/2020

HECHOS:

La consultante ha adquirido una oficina de farmacia integrada básicamente por un local y el fondo de comercio. En la adquisición se ha incurrido en una serie de gastos tales como notario, registro, gestoría, tasaciones o gastos de intermediación. Consulta el tratamiento de estos gastos.

La DGT:

La DGT afirma que los gastos relacionados en su escrito de consulta (notaría, registro, gestoría, tasación, intermediación) tendrán la consideración de gastos inherentes a la adquisición de cada uno de los elementos patrimoniales integrantes de la oficina de farmacia, debiendo distribuirse su cantidad entre cada uno de ellos de forma proporcional a su valor de adquisición. Por lo tanto, la deducibilidad de tales gastos se realizará por la vía de la amortización de los distintos elementos patrimoniales que integren la referida oficina de farmacia.

 

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