SERVICIOS DE GESTIÓN
IVA. La DGT nos recuerda que los servicios de gestión de alquiler de viviendas turísticas están sujetos a IVA al 21%
Fecha: 10/12/2024
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Consulta V2567-24 de 11/12/2024
HECHOS
Una sociedad mercantil pretende ampliar su objeto social a la gestión de alquiler de viviendas turísticas.
- Los propietarios ceden las viviendas a la empresa, que percibe una comisión por cada operación.
- La empresa no presta servicios hoteleros, sino que solo gestiona la comercialización, la limpieza y pequeñas reparaciones.
- El consultante pregunta por la tributación en el IVA de estos servicios.
CUESTIÓN PLANTEADA
- ¿Están sujetos a IVA los servicios que la empresa presta a los propietarios de las viviendas?
CONTESTACIÓN DE LA DGT
- Sujeción al IVA de los servicios de intermediación
El artículo 4 de la Ley 37/1992 del IVA establece que el impuesto se aplica a las prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales a título oneroso.
- Según el artículo 5 de la Ley 37/1992, una sociedad mercantil se considera empresario a efectos del IVA.
- Los servicios de mediación en el arrendamiento de viviendas son prestaciones sujetas a IVA, conforme al artículo 11 de la Ley del IVA.
- Diferencia entre intermediación en nombre propio o ajeno
- Si la empresa actúa en nombre propio, se considera que alquila directamente las viviendas y luego las cede a los turistas.
- Si actúa en nombre ajeno, el propietario es el arrendador y la empresa solo presta un servicio de mediación sujeto a IVA.
Según los datos aportados, la empresa actúa en nombre ajeno, por lo que su actividad es un servicio de mediación sujeto a IVA.
- Localización del servicio y tipo impositivo
- Según los artículos 69 y 70 de la Ley del IVA, los servicios de intermediación en alquiler de inmuebles se localizan donde se encuentre el bien.
- Como las viviendas están en España, el servicio de mediación está sujeto al IVA español.
- Se aplica el tipo general del 21%, ya que la actividad no está exenta en virtud del artículo 20 de la Ley del IVA.
- Obligación de facturación
- El artículo 88 de la Ley del IVA y el Reglamento de Facturación (RD 1619/2012) obligan a la empresa a emitir factura repercutiendo el 21% de IVA sobre la comisión cobrada a los propietarios.