Novedades publicadas en el INFORMA de IRPF durante el mes de agosto

Publicado: 6 septiembre, 2022

Fecha: 05/09/2022

Fuente: web de la AEAT

134874 – OBLIGACIÓN DE DECLARAR. ACTIVIDAD PROFESIONAL

Desde el 1 de enero de 2023 y por tanto a partir de la declaración de Renta de 2023, estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el RETA, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

134878 – OBLIGACIÓN DE DECLARAR. ACTIVIDAD EMPRESARIAL

Desde el 1 de enero de 2023 y por tanto a partir de la declaración de Renta de 2023, estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el RETA, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

134872 – OBLIGACION DE DECLARAR: LIMITE CONJUNTO 1000 EUROS

Desde el 1 de enero de 2023 y, por tanto, a partir de la declaración de Renta de 2023, estarán obligadas a declarar con independencia de la cuantía de su renta y de la fuente de la que provenga, todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el RETA, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

145928 – OBLIGACIÓN DE DECLARAR CON INDEPENDENCIA DEL VOLUMEN DE RENTAS

Desde el 1 de enero de 2023 y, por tanto, a partir de la declaración de Renta 2023, además de los titulares del ingreso mínimo vital y de los integrantes de su unidad de convivencia estarán obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el RETA, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

 

Si te ha interesado ... compártelo !