Preguntas frecuentes Impuesto sobre Sociedades y el COVID

Publicado: 29 diciembre, 2020

Una entidad que tiene locales arrendados y concede una moratoria en el pago del alquiler ¿cuándo deberá declarar estos ingresos?

De acuerdo con el artículo 11 de la LIS los ingresos y gastos derivados de las transacciones o hechos económicos se imputarán al periodo impositivo en que se produzca el devengo, con arreglo a la normativa contable, con independencia del momento en que se produzca su pago o cobro.

 TEAC, Resolución 5810/2019 de 29 Junio 2020

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades no procede la deducción de las retenciones correspondientes a las rentas devengadas de un arrendamiento cuando dichas rentas no han sido pagadas, salvo que el obligado al pago de las rentas, una vez exigibles las mismas, hubiese ingresado en el Tesoro el importe correspondiente a dichas retenciones.

 

Una entidad que ha paralizado su actividad como consecuencia del COVID-19 ¿deberá prorratear la amortización de los elementos del inmovilizado para deducirse únicamente la correspondiente al periodo en que ha estado ejerciendo la actividad?

Según el artículo 12 de la LIS si se utiliza el método de amortización según las tablas establecidas en dicho artículo se podrá modificar el coeficiente de amortización aplicado dentro del coeficiente máximo y periodo máximo recogido en las mismas, pero no prorratear el importe resultante del coeficiente elegido.

TEAC Resolución 2358/2009 de 24/11/2009

El art 2 del RIS permite efectuar las «regularizaciones», cuando el coeficiente inicialmente aplicado sea inferior al mínimo;por lo que no existe ningún inconveniente en admitir la regularización cuando el coeficiente inicialmente aplicado se encuentre comprendido entre el mínimo y el máximo. En ambos casos, el límite de la regularización será el coeficiente máximo. De este modo, los gastos en concepto de amortización serán deducibles, siempre que: 1.La amortización sea real, lo que significa que la «depreciación sea efectiva», y lo será cuando no supere el coeficiente máximo (art. 11.1 a) TRLIS); 2.Cuando se encuentre contabilizado (art. 19.1 TRLIS); 3. Cuando de ello no derive una tributación inferior (art. 19.3 TRLIS).

 

¿Serán deducibles las pérdidas de valor de aquellos elementos patrimoniales de una entidad cuando como consecuencia del COVID-19 registren un valor de mercado inferior al que figura en balance?

El artículo 13.2 de la  LIS establece que no serán deducibles las perdidas por deterioro del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias e inmovilizado intangible, incluido el fondo de comercio.

 

Los intereses satisfechos como consecuencia del aplazamiento de deudas tributarias por el COVID-19 que generan intereses transcurrido el periodo de carencia de 3 meses ¿están sujetas al límite de deducibilidad de gastos financieros previsto en el artículo 16 de la LIS?

Los intereses de demora tributarios se califican como gastos financieros y por lo tanto estarán sujetos al límite del 30 por ciento del beneficio operativo del ejercicio según lo establecido en el artículo 16 de la LIS.

 

 

¿Pueden ser objeto de provisión los riesgos generados por el COVID-19?

Serán provisionables si no se encuentran en alguno de los supuestos del artículo 14.3 de la LIS.

 

Si se está tramitando un ERTE que afecta a los trabajadores de la empresa ¿Qué gastos de personal se pueden deducir?

De acuerdo con el principio de devengo, se podrán deducir todos los gastos de personal devengados siempre que cumplan las condiciones legalmente establecidas en los términos de inscripción contable, imputación con arreglo a devengo y justificación.

 

Una empresa se está dedicando a producir mascarillas y respiradores con impresoras 3D, ¿se podrá beneficiar de la deducción por inversión, desarrollo e innovación tecnológica?

Se podrá aplicar la deducción a los gastos incurridos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 35 de la LIS.

 

Si te ha interesado ... compártelo !