NUEVAS PREGUNTAS
IRPF. Preguntas incorporadas al INFORMA en el mes de abril de 2026.
Fecha: 06/05/2026 Fuente: web de la AEAT Enlace: Preguntas INFORMA
149300 – INDEMNIZACIÓN POR ACUDIR A LA VÍA JUDICIAL
La indemnización se califica como una ganancia patrimonial a integrar en la base imponible general y se pueden deducir de su cuantía los gastos en que se haya incurrido con motivo del pleito, hasta el límite de la cantidad percibida. No obstante, si esos gastos ya se han deducido previamente de los rendimientos del trabajo, dentro del límite anual de 300 euros, no pueden volver a deducirse.
149301 – EXTINCIÓN SOCIEDAD. IMPUTACIÓN TEMPORAL PÉRDIDA
La extinción de una sociedad genera una ganancia o pérdida patrimonial para los socios, calculada como la diferencia entre el valor de mercado de la cuota de liquidación y el valor de adquisición de la participación. Esta pérdida se imputa al periodo impositivo en que se dicta el auto judicial de extinción y se integra en la base imponible del ahorro.
149302 – PREMIO POR TRABAJO FIN DE GRADO
El premio por trabajo de fin de grado se califica como rendimiento de actividad económica profesional al no existir cesión de derechos de propiedad intelectual. Al considerarse obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo, le resulta aplicable la reducción del 30% prevista en el Reglamento del IRPF.
No resulta aplicable la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del IRPF por lo percibido del trabajo desarrollado en Gibraltar, dado que se mantiene en la lista de jurisdicciones no cooperativas, conforme a la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero, por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas.
Artículos Relacionados
- La imputación temporal de honorarios profesionales cobrados con retraso por impago e inaplicabilidad de la reducción por irregularidad
- El ingreso de dinero privativo en cuenta bancaria común no constituye, por sí solo, donación
- El cónyuge que abandona la vivienda por divorcio puede aplicar la exención por transmisión de vivienda habitual

