Fecha: 26/05/2022
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Resolución del TEAR de CATALUNYA de 26/05/2022
Criterio: La utilización del procedimiento de comprobación limitada en la gestión censal del IAE es conforme a derecho por no violentar los derechos del contribuyente, incluir trámite de audiencia antes de su finalización, ser susceptible de subsumirse en los primeros supuestos del art. 136.1 de la LGT y no resultar contraria a ningún precepto de las normas legales y reglamentarias reguladoras del IAE, que no se refieren a este particular por ser coetáneas de la LGT de 1963 y por ello referirse a un procedimiento de gestión único y no a alguno/ algunos de los procedimientos de gestión incluidos en la LGT de 2003.
Artículos Relacionados
- La declaración de responsabilidad subsidiaria por la causa prevista en el artículo 43.1.b) de la Ley 58/2003
- Las autoliquidaciones complementarias tienen plena eficacia interruptiva de la prescripción del derecho a solicitar la devolución de ingresos indebidos
- El TEAC consagra la inembargabilidad del remanente de pensión bloqueado judicialmente por fuerza mayor