Concurrencia en un ejercicio de cantidades pendientes de aplicar procedentes de periodos anteriores junto con la generada en el propio período.
Cuando existen cantidades pendientes de aplicar procedentes de periodos anteriores junto con la generada en el propio período, el sujeto pasivo podrá aplicarlas en el orden que quiera.
Fecha: 22/09/2021
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Resolución del TEAC de 22/09/2021
Criterio:
A la hora de aplicar la reducción correspondiente a la reserva de capitalización, cuando existen cantidades pendientes de aplicar procedentes de periodos anteriores junto con la generada en el propio período, el sujeto pasivo podrá aplicarlas en el orden que quiera, pues no hay nada establecido sobre que unas u otras tengan que aplicarse primero.
Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio.

