Sometimiento a retención a cuenta del IRPF de los premios obtenidos en apuestas deportivas «online». No existe obligación

Publicado: 14 febrero, 2022

RETENCIONES. Sometimiento a retención a cuenta del IRPF de los premios obtenidos en apuestas deportivas «online». No existe obligación

Fecha: 12/2021

Fuente: web de la AEAT

Enlaces: Consulta de la DGT V3033-21 de 07/12/2021

Tratándose de apuestas deportivas organizadas al amparo de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, procede concluir que los premios que se entreguen en su desarrollo se consideran incluidos en el ámbito de lo establecido en el artículo 75.3.f) del Reglamento del Impuesto —“los premios que se entreguen como consecuencia de juegos organizados (…) y demás normativa estatal y autonómica sobre el juego”— y por lo tanto no existe obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre los mismos.

 

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