PROGRAMA IVA. REGLAS DE LOCALIZACIÓN DEL HECHO IMPONIBLE EN OPERACIONES INTERNACIONALES

Publicado: 18 enero, 2026

PONENTE:   José Mª Tocornal

Inspector de Hacienda


Fecha:  16 de febrero de 2026
Horario: de 15:00 a 17:00

 

Programa:

  • Se analizan los lugares de realización de entregas de bienes y prestaciones de servicios, el lugar donde deben tributar por el IVA, así como quien debe hacerlo.

Lugar donde se entienden realizadas las entregas de bienes.

    • En bienes que no han de ser objeto de transporte. Entrega de bienes inmuebles.
    • En bienes que han de ser objeto de transporte.
    • Para venta de bienes que han de ser objeto de instalación o montaje en destino.
    • Ventas a consumidores finales ubicados en otro Estado distinto al del proveedor.

Importancia sobre la determinación del lugar donde se entiende realizada la entrega de bienes, a efectos de calificar correctamente la operación realizada y de este modo concretar la correcta tributación por el IVA de las operaciones efectuadas.

Reglas de localización de las prestaciones de servicios: las reglas generales de los apartados Uno y Dos del artículo 69 de la Ley del IVA, y las reglas especiales del artículo 70.

Comentario sobre la regla de localización de adquisiciones intracomunitarias, artículo 71 de la Ley del IVA.

 

MATERIAL:

    • Presentación (disponible el día del curso)

 

Formulario de INSCRIPCIÓN