PONENTE: José Mª Tocornal
Inspector de Hacienda
Fecha: 16 de febrero de 2026
Horario: de 15:00 a 17:00
Programa:
- Se analizan los lugares de realización de entregas de bienes y prestaciones de servicios, el lugar donde deben tributar por el IVA, así como quien debe hacerlo.
Lugar donde se entienden realizadas las entregas de bienes.
- En bienes que no han de ser objeto de transporte. Entrega de bienes inmuebles.
- En bienes que han de ser objeto de transporte.
- Para venta de bienes que han de ser objeto de instalación o montaje en destino.
- Ventas a consumidores finales ubicados en otro Estado distinto al del proveedor.
Importancia sobre la determinación del lugar donde se entiende realizada la entrega de bienes, a efectos de calificar correctamente la operación realizada y de este modo concretar la correcta tributación por el IVA de las operaciones efectuadas.
Reglas de localización de las prestaciones de servicios: las reglas generales de los apartados Uno y Dos del artículo 69 de la Ley del IVA, y las reglas especiales del artículo 70.
Comentario sobre la regla de localización de adquisiciones intracomunitarias, artículo 71 de la Ley del IVA.
MATERIAL:
- Presentación (disponible el día del curso)

